Condiciones precontractuales
Datos del organizador:
Royal Caribbean Cruises ltd., d/b/a Celebrity Cruises
RCL Cruises Ltd sucursal en España
Calle Provença 392, Planta 5 08025 Barcelona
Tax ID : W8261585G
Teléfono: 900 374 400
E-mail: infocliente.es@rccl.com
Información precontractual
Se informa al viajero de que existe la posibilidad de suscribir un seguro facultativo que cubra los gastos originados en caso de que el viajero decida poner fin al contrato o gastos de asistencia, incluidos los de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.
La combinación de servicios de viaje que se le ofrece es un viaje combinado en el sentido del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Por lo tanto, usted gozará de todos los derechos que se aplican en el marco de la UE a los viajes combinados. El organizador y el minorista serán plenamente responsables de la correcta ejecución del viaje combinado en su conjunto.
Además, como exige la legislación, el organizador y el minorista están cubiertos por una garantía para reembolsarle los pagos realizados y, si el transporte está incluido en el viaje, asegurar su repatriación en caso de que incurran en insolvencia.
Más información sobre sus principales derechos con arreglo al texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre:
Principales derechos en virtud del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre:
– Los viajeros recibirán toda la información esencial sobre el viaje combinado antes de celebrar el contrato.
– Siempre habrá como mínimo un empresario responsable de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos en el contrato.
– Se proporcionará a los viajeros un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedan contactar con el organizador o el minorista.
– Los viajeros podrán ceder el viaje combinado a otra persona, con un preaviso razonable y, en su caso, con sujeción al pago de gastos adicionales.
– El precio del viaje combinado solo se podrá aumentar si se producen gastos específicos (por ejemplo, en los precios de combustible) y está expresamente estipulado en el contrato, y en ningún caso en los últimos veinte días anteriores al inicio del viaje combinado. Si el aumento de precio excede del ocho por ciento del precio del viaje combinado, el viajero podrá poner fin al contrato. Si el organizador se reserva el derecho de aumentar el precio, el viajero tendrá derecho a una reducción del precio si disminuyen los gastos correspondientes.
– Los viajeros podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y obtener el reembolso completo de todos los pagos realizados si se modifica significativamente alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio. Si el empresario responsable del viaje combinado lo cancela antes de su inicio, los viajeros tendrán derecho al reembolso de los pagos realizados y, cuando proceda, a una compensación.
– En circunstancias excepcionales, por ejemplo en caso de que en el lugar de destino existan graves problemas de seguridad que puedan afectar al viaje combinado, los viajeros podrán poner fin al contrato antes del inicio del viaje combinado sin pagar ninguna penalización.
– Además, los viajeros podrán poner fin al contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado mediante el pago de una penalización por terminación, que sea adecuada y justificable.
– Si, después del inicio del viaje combinado, no pueden prestarse elementos significativos de este, deberán ofrecerse al viajero fórmulas alternativas adecuadas, sin coste adicional. Los viajeros podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y el organizador o, en su caso, el minorista no consigan solucionar el problema.
– Los viajeros también tendrán derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.
– El organizador y el minorista deberán proporcionar asistencia al viajero en caso de que este se encuentre en dificultades.
– Si el organizador o el minorista incurren en insolvencia se procederá al reembolso de los pagos. En caso de que el organizador o, en su caso, el minorista incurran en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los viajeros.
– Si el organizador o el minorista incurren en insolvencia se procederá al reembolso de los pagos. En caso de que el organizador o, en su caso, el minorista incurran en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los viajeros. El organizador del viaje ha suscrito una garantía de protección frente a la insolvencia con AXA SEGUROS GENERALES, S.A DE SEGUROS Y REASEGUROS. Si se deniegan servicios debido a la insolvencia del organizador del viaje, los viajeros podrán ponerse en contacto con dicha entidad o, en su caso, con la autoridad competente (teléfonos 902.01.33.45 o al 91.111.95.44, e-mail: aperturas.empresas@axa.es).
El contratante principal declara conocer tanto las características del viaje como las Condiciones Generales y particulares del presente producto, obligándose a comunicar al resto de viajeros la información necesaria que se le ha proporcionado.
En caso de viajes de grupo en que los viajeros sean menores, el contratante designará una persona que asistirá, apoyará y tutelará al Grupo, responsabilizándose del control y la disciplina de las personas que realizan el viaje. El contratante garantiza que cuenta con la autorización expresa de los padres o tutores de los menores de edad para la realización del viaje, y para adoptar las decisiones que correspondan en relación a la salud del menor, en el caso, de que por razones de urgencia fuera necesario.
Este documento está elaborado conforme a los servicios y tarifas disponibles en la fecha y momento concretos de su elaboración, teniendo meros efectos informativos y no implicando su existencia o firma la solicitud, ni la confirmación ni el pago en ninguna medida de los servicios en él descritos.
La confirmación de las condiciones detalladas estará sujeta a la disponibilidad de los servicios y tarifas contempladas en el momento de realizar la reserva en firme.
En el PVP no están incluidos los gastos de gestión, los intereses por aplazamiento ni cualquier servicio/tasa/impuesto que deba abonar directamente el cliente al proveedor.
La reserva y prestación de los servicios se rigen por la normativa aplicable y, en su caso, por las Condiciones Generales contenidas en el programa folleto, habiendo recibido el titular una copia del mismo y/o de las condiciones generales y particulares que regulan el viaje.
Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A2007-20555.